¿Es legal la firma electrónica en España?

Sí: la firma electrónica es legal y válida en España y en toda la Unión Europea. Esta guía explica de forma general el marco eIDAS, los niveles de firma y su valor probatorio. Es información orientativa, no asesoramiento legal.

El marco legal: el reglamento eIDAS

La firma electrónica está regulada en la Unión Europea por el Reglamento (UE) 910/2014, conocido como eIDAS, de aplicación directa en España. El reglamento reconoce que a una firma electrónica no se le pueden negar efectos jurídicos por el solo hecho de ser electrónica, y establece tres niveles según las garantías que ofrece.

Niveles de firma: SES, AES y QES

eIDAS define tres niveles de firma electrónica con distinto grado de garantía:

  • Firma electrónica simple (SES): la más habitual, válida para la mayoría de contratos.
  • Firma electrónica avanzada (AES): vinculada de forma única al firmante, con identidad verificada.
  • Firma electrónica cualificada (QES): el nivel máximo, equiparable a la firma manuscrita, con certificado cualificado.

Valor probatorio

Todos los niveles tienen validez legal, pero el nivel de garantía influye en su fuerza probatoria ante un tribunal. La firma simple es admisible como prueba; la avanzada y la cualificada aportan mayores garantías sobre la identidad del firmante y la integridad del documento. Para la mayoría de contratos inmobiliarios, una firma simple acompañada de un audit trail es suficiente.

La firma electrónica en Firmora

Firmora ofrece firma electrónica conforme a eIDAS. La firma simple (SES) está disponible ya, con un audit trail automático que registra cada firma. La firma avanzada (AES) y la cualificada (QES) estarán disponibles próximamente, para los documentos que requieran un mayor nivel de garantía.

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